Founder & Compliance Lead, Xtaiga
La NIS2 introduce un régimen sancionador mucho más severo que la NIS1. En España, la norma de transposición prevé sanciones que pueden afectar a la empresa y a sus administradores personalmente.
Importes
Entidades Esenciales
- Hasta 10.000.000 €
- O hasta 2 % del volumen de negocio global anual, si fuera superior
Entidades Importantes
- Hasta 7.000.000 €
- O hasta 1,4 % del volumen de negocio global anual
Infracciones específicas
- No notificar un incidente dentro de plazo: sanción específica
- No designar Responsable de Ciberseguridad: sanción específica
- No cooperar con el CCN-CERT / INCIBE-CERT en una inspección: sanción agravada
Responsabilidad personal de los directivos
La novedad más importante: los miembros del órgano de dirección pueden responder personalmente cuando el incumplimiento se deba a dolo o culpa grave. En la práctica, un CEO o consejero puede ser multado personalmente y, en casos graves, inhabilitado temporalmente.
Comparación con el RGPD
El RGPD tiene multas más altas (hasta 20 M€ o 4 %), pero NIS2 tiene un alcance operativo mucho mayor. Una empresa puede ser sancionada por NIS2 aunque nunca haya sufrido una brecha de datos personales — basta con no haber implantado las medidas exigidas.
Coste real de no cumplir
- Reputacional — los incidentes públicos erosionan la confianza.
- Comercial — el cumplimiento es ya criterio en licitaciones y due diligence.
- Operacional — sin plan de respuesta, los tiempos de recuperación se disparan.
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